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122.515 Diciembre |
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Como consecuencia de la globalización en la que ya participan la casi totalidad de los países desarrollados y en vías de desarrollo, ha surgido la necesidad de establecer múltiples regulaciones que tienden a defender los intereses de cada país y los de las personas físicas y morales que llevan a cabo operaciones en dos o más países y que, por lo tanto, podrían verse afectadas por las disposiciones fiscales de cada uno de ellos, provocando duplicidad de gravámenes aplicados a una misma operación o actividad.
Los tratados tendientes a evitar la doble imposición como la evasión fiscal se han multiplicado y se celebran con asombrosa frecuencia. Nuestro país no podía ser la excepción y, a la fecha ha celebrado convenios de este tipo con diversos países de los cinco continentes. Estos convenios se perfeccionan y enriquecen, y cada vez cubren campos de acción más amplios. Por la múltiple participación activa de los particulares afectados, se avanza mucho en todos los puntos relativos para evitar la doble imposición, al grado de presentarse cada vez menos controversias sobre ella.
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